lunes, 1 de noviembre de 2010

DECRETO LEY NO. 276, OCT 2010


CONSEJO DE ESTADO
______

RAUL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba.


HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:


POR CUANTO: Las actuales medidas encaminadas a reducir los gastos del Presupuesto del Estado y que los pagos por garantías salariales sean asumidos por las entidades, así como a estimular la gestión de los trabajadores en la búsqueda de su reubicación laboral, aconsejan modificar el Decreto-Ley No. 252, Sobre la Continuidad y el Fortalecimiento del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Cubano, de 7 de agosto de 2007, a los efectos de ajustar el tratamiento laboral y salarial de los trabajadores declarados disponibles, en las estructuras organizativas que aplican el Perfeccionamiento Empresarial.


POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el Artículo 90, inciso c) de la Constitución de la República de Cuba, acuerda dictar el siguiente:


DECRETO-LEY No. 276
MODIFICATIVO DEL DECRETO-LEY No. 252, SOBRE LA CONTINUIDAD Y EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE DIRECCION Y GESTION EMPRESARIAL CUBANO”


ARTICULO UNICO.-Se modifica el inciso g) del Artículo 3 del Decreto-Ley No. 252, “Sobre la continuidad y el fortalecimiento del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial cubano”, de 7 de agosto de 2007, el que queda redactado de la manera siguiente:


g) cada empresa, de acuerdo con su tecnología, diseña su estructura y sistemas organizativos, evaluando permanentemente nuevas formas de organización, redimensionando aquellos procesos que no alcancen los niveles de rentabilidad previstos, así como los que han perdido su competitividad. Si como resultado de este pro-ceso se declaran trabajadores disponibles, se aplica la legislación vigente para estos casos”.


DISPOSICION FINAL


UNICA: Se derogan cuantas disposiciones legales y reglamentarias, de igual e inferior jerarquía, se opongan a lo que se establece mediante el presente Decreto-Ley, el que comenzará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.


DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los treinta días del mes de septiembre de 2010.


Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado

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