RESUMEN
RESOLUCION No. 750/2010
MINISTERIO DE LA AGRICULTURA
Corresponde a las Cooperativas de Créditos y Servicios evaluar y contratar la fuerza de trabajo asalariada permanente que soliciten los agricultores pequeños socios, sobre la base de que el agricultor pequeño participe en la explotación de la tierra junto con sus familiares.
Los agricultores pequeños que necesiten utilizar fuerza de trabajo asalariada permanente la solicitarán a la Junta Directiva de la Cooperativa a que pertenece, la que evaluará teniendo en cuenta los requisitos establecidos.
Las contrataciones de trabajadores asalariados permanentes se rigen por las regulaciones dictadas al efecto por el MTSS.
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