viernes, 10 de diciembre de 2010

ALGUNOS CONSEJO A LOS TRABAJADORES DISPONIBLES QUE ESTABLEZCAN DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL MUNICIPAL POPULAR


CONSEJO UNITARIO DE TRABAJADORES CUBANOS

(CUTC)


ALGUNOS CONSEJO A LOS TRABAJADORES DISPONIBLES QUE ESTABLEZCAN DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL MUNICIPAL POPULAR


Recomendamos hacer el escrito de la demanda lo más detallado posible, donde consten los hechos y los fundamentos de derecho que considera violados, para lo cual lo podemos asesorar. Es fundamental que la demanda lo tena casi todo, anexada las pruebas documentales y los datos completos de los testigos a presentar. Es bueno dar a conocer sus condiciones de vida, hijos, ambiente familiar, problemas y la falta de su salario para la subsistencia de su familia. Agregar la frustración de tener más hijos, algo que necesítale pueblo, cuyo nivel de envejecimiento es preocupante.

El trabajador que establezca demanda ante el Tribunal Municipal Popular debe conocer que copia de la misma se traslada a la administración de su entidad laboral, para conocimiento de su alegato.

De la administración enviar oposición a su escrito, poco frecuente, copia del mismo se le envía, para que ambas partes conozcan lo que dice una de la otra y la vista oral cumpla el espíritu de la ley.

Al llegar al tribunal debe sentarse en la sala y ponerse de pie cuando sus integrantes penetren en la misma. La presidenta manda a sentar y comienza a llamar los casos. Cuando le corresponda se ubica frente al estrado donde se encuentran los mismos. Si no puede mantener las manos quietas trate de ponerlas en la espalda y sujetarlas entre sí, para evitar gesticular y le llamen la atención.

La mayoría de los trabajadores se ponen nerviosos y no se expresan con claridad, reiteran aspectos, no dan respuestas concretas y esto hace que la el Presidente o la Presidenta, (a) le llame la atención, en cuyo caso la persona se pone más impresionable aún.

Cuando la Presidenta le solicite que diga por qué establece su demanda, si es de las personas que se ponen nerviosas y ha hecho un buen alegato, limítese a responder: RATIFICO LO EXPUESTO EN MI DEMANDA.

Si el alegato de la administración no se ajusta a la verdad, no lo interrumpa, no gesticule, ni levante la mano para solicitar la palabra, para que no lo recriminen. Escuche con atención, sobre todo las artes en que no se dice la verdad.

Cuando la administración termine su exposición la presidenta va a preguntarle si tiene algo que decir. De forma serena, con voz pausada –pero firme- rebata aquello con lo que no está de acuerdo y si tuviera alguna prueba solicite a la Presidenta tener a bien admitirla. Lo general es que le de un tiempo para presentarla.

De oficio algún miembro del tribunal puede realizarle preguntas, lo cual es normal para esclarecer las dudas.

Es conveniente que los testigos propuestos asistan a la vista oral a la hora prevista.

Cuando el tribunal considera que ambas partes han dicho lo que tenían que exponer preguntan si tienen prueba documental, es el momento de darle al tribunal los documentos que estime conveniente, incluso testimonios escritos de trabajadores, sindicatos y otros. Si ha sido persona enferma, o tiene algún tipo de invalidez parcial, dar los certificados médicos y el resultado de la comisión de peritaje médico legal. En la defensa nada sobra, todo falta.

Al terminar la vista oral le van a dar a leer el acta, para leerla y firmarla.


IMPORTANTE


Muchos trabajadores contratan abogados del bufete colectivo. Esto es bueno pero tiene un inconveniente que ha costado mucho a los demandantes y es que el letrado, por muy bien que se haya instruido en el caso, puede encontrarse ante una situación abordada por la administración inesperada para él y para el trabajador.

Cuando esto sucede instantáneamente el trabajador levanta la mano para alegar sobre lo que dice la administración y su representante desconoce. Es usual que la respuesta del Tribunal es que está representado por el abogado y no le dé derecho a réplica ni careo.

Es mejor que al concluir la administración sus palabras UD levante la mano y le diga al tribunal que puede presentar prueba que rebate lo expuesto; es posible que le den tiempo para mostrarla, lo mismo documental que testifical.

Es el único inconveniente de la representación letrada, por lo cual debe de aportar al mismo toda la información que posea. El abogado se encarga de presentar las pruebas documentales.


Ciudad de La Habana,
5 de diciembre 2010

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