viernes, 6 de noviembre de 2009

ESTRUCTURA DEL ANTEPROYECTO DE LEY CÓDIGO DE TRABAJO


CONSEJO UNITARIO DE TRABAJADORES CUBANOS

(CUTC)


Les informamos que tenemos confeccionado un Anteproyecto de Código de Trabajo, realizado por el Instituto Cubano de Estudios Sindicales Independiente (ISECI). No esperamos los cambios con los brazos cruzados, ofrecemos alternativas. Puede ver información al respoecto.


ESTRUCTURA DEL ANTEPROYECTO DE LEY CÓDIGO DE TRABAJO

El Ante Proyecto de Ley Código de Trabajo tiene la siguiente estructura:

  • Introducción,
  • Parte Orgánica
  • Capítulos.

CAPÍTULO I: PRINCIPIOS BÁSICOS

Sección Primera: Fundamentos del Derecho Laboral.

Sección Segunda: De los principios fundamentales del Derecho Laboral Cubano.

Sección Tercera: Objetivos del nuevo Código de Trabajo y ámbito de aplicación.

Sección Cuarta: Entidad Laboral.

Sección Quinta: Deberes y obligaciones generales del jefe de la entidad laboral y demás dirigentes de la misma.

Sección Sexta: Organización sindical.

CAPÍTULO II: DEL CONTRATO DE TRABAJO

Sección Primera: Disposiciones Generales.

Sección Segunda: Tipos de contratos de trabajo.

Sección Tercera: Del contenido de los contratos de Trabajo.

Sección Cuarta: Traslado a otro trabajo.

Sección Quinta: Suspensión de la relación laboral.

Sección Sexta: Los escalafones.

Sección Séptima: Admisión de los trabajadores al empleo, permanencia, promoción y capacitación.

Sección Octava: Terminación del contrato de trabajo.

Sección Novena: Expediente Laboral.

Sección Décima: Relación laboral por designación y por elección.

Sección Décimo-Primera: Relaciones laborales especiales.

Sección Décimo-Segunda: Interrupción laboral.

CAPÍTULO III: CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO

Sección Primera: Disposiciones Generales.

Sección Segunda: Vigencia y modificación del Convenio.

Sección Tercera: Divulgación, chequeo y control.

CAPÍTULO IV: LA REMUNERACIÓN, SALARIOS Y OTROS

Sección Primera: Generalidades.

Sección Segunda: Salario mínimo.

Sección Tercera: Organización del salario.

Sección Cuarta: Del pago de los días de conmemoración nacional, oficial y feriados.

Sección Quinta: Incrementos y adiciones.

Sección Sexta: Garantía del salario.

Sección Séptima: Condiciones del pago del salario.

Sección Octava: Otros pagos al trabajador que no son parte del salario.

Sección Novena: Propina.

Sección Décima: Aguinaldo.

Sección Decimoprimero: Anticipo de salarios.

Sección Decimosegunda: Aumento de salario.

CAPÍTULO V: NORMACIÓN DEL TRABAJO

Sección Primera: Disposiciones Generales.

Sección Segunda: Planificación y ejecución de la formación del trabajo.

Sección tercera: De la aprobación de las normas del trabajo.

Sección Cuarta: Implantación de las normas.

Sección Quinta: Revisión de las normas y normativas del trabajo.

Sección Sexta: Control de las normas de trabajo.

CAPÍTULO VI: TIEMPO DE TRABAJO Y DESCANSO

Sección Primera: Disposiciones Generales.

Sección Segunda: Jornada de trabajo.

Sección tercera: Horario de trabajo.

Sección Cuarta: Del trabajo extraordinario.

Sección Quinta: Pausas en la jornada laboral.

Sección Sexta: Descanso semanal.

Sección Séptima: Descanso de los días de conmemoración nacional, oficial y los feriados 1º de enero y 25 de diciembre.

Sección Octava: Vacaciones anuales pagadas.

CAPÍTULO VII: DISCIPLINA LABORAL

Sección Primera: Disposiciones Generales.

Sección Segunda: Deberes de la administración.

Sección Tercera: Obligaciones de los trabajadores.

Sección Cuarta: Violaciones de la disciplina laboral de los trabajadores.

Sección Quinta: De la aplicación de las medidas disciplinarias.

Sección Sexta: Término para reclamar derechos.

Sección Séptima: Indemnización de daños y perjuicios por la aplicación de medidas disciplinarias indebidas.

Sección Octava: Rehabilitación de los trabajadores sancionados laboralmente.

Sección Novena: Reglamentos disciplinarios.

Sección Décima: Estímulos y distinciones por el éxito en el trabajo.

Sección Decimoprimero: Infracciones de la disciplina laboral por parte de los dirigentes y funcionarios administrativos estatales.

Sección Decimosegunda: Aplicación de medidas disciplinarias a los dirigentes y funcionarios administrativos estatales.

Sección Decimocuarta: Rehabilitación de los dirigentes y funcionarios administrativos estatales.

Sección Decimoquinta: Del tratamiento de la inconformidad de los dirigentes y funcionarios administrativos estatales, con las medidas disciplinarias impuestas.

Sección Decimosexta: La responsabilidad material de los dirigentes y funcionarios y demás trabajadores.

CAPÍTULO VII: SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS LABORALES

Sección Primera: Disposiciones Generales.

Sección Segunda: Órganos que dirimen los conflictos laborales.

Sección Tercera: Términos para reclamar.

CAPÍTULO IX: PROTECCIÓN E HIGIENE DEL TRABAJO

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